Prohíben incineración de cuerpos no identificados o no reclamados fallecidos por COVID-19

La tarde de este viernes la Secretaria de Salud emitió un acuerdo en donde se tiene prohibida la incineración de cuerpos no identificados, e identificados no reclamados fallecidos a consecuencia de la enfermedad por el Coronavirus COVID-19; así como sugerir medidas para el registro de las defunciones en el marco de la emergencia sanitaria.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia federal destacó que se prohíbe expresamente a todas las autoridades de todos los órdenes de gobierno, así como a cualquier institución pública o privada que tenga a su cargo el manejo de los cadáveres, inhumar los cuerpos no identificados, o identificados pero no reclamados, en las fosas comunes existentes.

Asimismo, añade que las autoridades e instituciones deberán facilitar la trazabilidad tanto de los cuerpos identificados como los no identificados, mediante el uso de tumbas individuales o fosas específicas para casos sospechosos o confirmados de Covid-19, claramente marcadas, que especifiquen que se trata de una defunción por la enfermedad por el virus SARS-CoV2.

En el caso de cuerpos sospechosos o confirmados por coronavirus, no se podrá realizar exhumación de cuerpos antes de 180 días a partir de la fecha en que se haya inhumado.

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ACUERDO por el que se prohíbe la incineración de cuerpos no identificados e identificados no reclamados fallecidos a consecuencia de la enfermedad por el virus (COVID-19) y se sugieren medidas para el registro de las defunciones .https://bit.ly/3ahke0g 10317:20 – 17 abr. 2020Información y privacidad de Twitter Ads98 personas están hablando de esto

Fuente: DOF/Foto: Archivo/atfTags: coronavirus

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