Este 1 de octubre de 2020 sin duda tendrá que ser considerado como un día
histórico en México. Y como muchos de su historia, antigua y reciente, no para
bien.
Este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación abdicó, por una mayoría
de seis ministros serviles, a su función sustantiva de ser garante de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y se entregó, sin disimulos, a
la férula del Poder Ejecutivo, representado por el presidente que, ya no cabe la
menor duda, es el de la regresión autoritaria de nuestro país: Andrés Manuel
López Obrador.
Los ministros concedieron al Presidente de la República la facultad legal de
someter a la decisión de las masas –previa y debidamente manipuladas a través
de la propaganda, por supuesto- la aplicación de las leyes de este país, abjurando
de su obligación legal de hacerlas valer, al decretar que su petición de someter a
consulta popular el supuesto enjuiciamiento de cinco ex mandatarios de la Nación
es constitucional.
La ilegalidad de dicha consulta no necesitaba de un análisis muy riguroso para
entenderse. El artículo 21 de la CPEUM establece claramente que “la
investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las
cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta
función. El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio
Público”.
La pregunta planteada originalmente por el Ejecutivo federal señalaba lo siguiente:
“¿Estás de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las
leyes y procedimientos aplicables, investiguen y, en su caso sancionen, la
presunta comisión de delitos por parte de los ex presidentes Carlos Salinas de
Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón
Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas
gestiones?”.
Como es evidente, la redacción del cuestionamiento se contrapone directamente
con el precepto constitucional antes mencionado. Pero también resulta violatoria
del principio de presunción de inocencia, pues implícitamente expone como
culpables de delitos a los personajes señalados, sin investigación ni juicio de por
medio. Y no es que aquí se piense que no hayan incurrido en ilegalidades jamás,
sino que no se puede –o no se podía- condenar a nadie en México con base en
creencias o suposiciones.
El “argumento” toral esgrimido por los ministros que se pronunciaron por la
constitucionalidad de la consulta, encabezados por el propio presidente Arturo
Zaldívar, es que la ciudadanía tiene “derecho” a que se le pregunte sobre las
decisiones que atañen a la vida pública. Pero bajo esa premisa, habría que exigir
entonces que se nos consulte si queremos pagar impuestos, por ejemplo. Es
nuestro derecho, según la “tremenda corte”.
Empero, la materia de dicha consulta –como sucedió en el caso de la aún más
arbitraria del aeropuerto de Texcoco- entra dentro de lo que el teórico del Derecho
Luigi Ferrajoli denomina como “la esfera de lo indecidible”, que es el “conjunto de
principios que, en democracia, están sustraídos a la voluntad de las mayorías”.
Explica Ferrajoli que “la representación política, aunque legitima a las funciones de
gobierno –es decir, a las actividades de innovación y transformación del derecho,
siempre respetando a la Constitución– no habilita para la interferencia en la esfera
de lo indecidible: la política, en suma, y específicamente los gobiernos y las
mayorías políticas, no pueden condicionar a las funciones de garantía, como lo es
típicamente la judicial”. O dicho en las palabras del ministro Javier Laynez Potisek
al pronunciarse en la sesión del pleno de la Corte de este jueves: “la justicia no se
consulta”.
Los demás ministros sabían bien que lo que estaban haciendo era doblegarse
ante el poder del Ejecutivo pisoteando la Constitución, así que para curarse en
salud decidieron cambiar la redacción de la pregunta de la consulta por una
bastante ambigua y que, si se le quiere ver así, lleva “jiribilla” porque podría serle
aplicable también a quienes gobiernan actualmente: “¿Estás de acuerdo o no con
que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y
legal para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas
tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la
justicia y los derechos de las posibles víctimas?”.
Es tan general e indeterminado el planteamiento de la nueva pregunta, que
termina diluyéndose su sentido, que puede ser aplicable a cualquier cosa. No por
nada ya comenzó a motejársele como la “Ley Barrabás”, pues la Corte ni le dijo
que no al presidente ni le dijo del todo que sí. Como el personaje bíblico Poncio
Pilatos, se “lavaron las manos”, dejaron en libertad al ladrón y entregaron al
“salvador” a la turba para que lo crucifique.
Pero en los hechos, los togados hicieron exactamente lo que López Obrador
quería: le abrieron el candado para que salga abiertamente a hacer campaña a la
par de los candidatos de Morena a las diputaciones federales con un mismo
eslogan: el “juicio” a los ex presidentes, mismo que aparecerá junto a las boletas
electorales de los comicios intermedios del 6 de junio de 2021. La pregunta es lo
de menos. Porque además, nunca van a llevar a juicio a ningún ex presidente. al
tiempo.
Sin embargo, el daño que se le hizo al orden constitucional del país es gigantesco.
La división de poderes quedó derruida y la aplicación de la ley constreñida a la
voluntad de un solo hombre bajo la engañifa de la “democracia participativa”. Es la
vuelta a lo que el premio Nobel de Literatura Mario Vargas Llosa llamó hace tres
décadas “la dictadura perfecta”, por el disfraz democrático de un régimen
realmente autocrático.
Un 2 de octubre de 1968 comenzó el lento pero inevitable proceso de
desmantelamiento del régimen autoritario postrevolucionario. Y resulta sumamente
irónico que un 1 de octubre, 52 años después, haya comenzado formal, política e
históricamente su restauración.
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